CUADERNOS DE ARTE E ICONOGRAFIA / Tomo II - 4. 1989
 

 

PINTURA E INQUISICIÓN EN CANARIAS

Margarita Rodríguez González

Resulta ciertamente interesante para la historia artística de un lugar el análisis de la actitud tomada por la sociedad ante representaciones pictóricas poco usuales. El control de las mismas en Canarias durante las pasadas centurias vino determinado, como en todo el mundo hispano, por la vigilancia oficial ejercida desde la Inquisición, con sede en Las Palmas de Gran Canaria. La expresión plástica pudo quedar limitada en el pasado no sólo por su actuación, sino también por la propia formación espiritual del pueblo, educado en el rigor de unos principios religiosos que establecieron unas imágenes-tipo que la tradición perpetuó. Cabe pensarlo así atendiendo a las fuentes escritas conservadas (1), ciertamente escasas en cuanto a esta cuestión se refiere.

Salvo contadas excepciones, éstas difícilmente nos proporcionan material suficiente para llegar a saber las causas por las que determinadas imágenes eran consideradas irreverentes, pues las informaciones que llegaban al Santo Oficio eran un tanto ambiguas. En la mayor parte de los casos es posible que no se siguiese proceso alguno, al considerar el Tribunal la prioridad de otras supuestas faltas contra la religión, o que sospechase razones no estrictamente espirituales en las denuncias, archivando para mejor ocasión estos temas, como de hecho lo hizo con otros, o que sencillamente la documentación inquisitorial que se conserva esté incompleta.

A través de ella se percibe una constante dedicación de sus comisarios hacia la vigilancia de las importaciones que llegaban como consecuencia del intenso tráfico comercial, en tanto que el resto de las informaciones son puntuales y poco expresivas, de modo que no hacen factible realizar un estudio evolutivo. Se mostraba un lógico interés por los registros de buques que arribaban a las islas, ordenándose expresamente en variadas ocasiones la revisión de barcos que portaban imágenes, además de los consabidos libros que tanto preocupaban a la Inquisición; sin embargo, a veces no eran lo suficientemente efectivos, así, en 1788, se abrieron diligencias porque en la aduana de Santa Cruz de Tenerife no se daba parte al comisario "cuando vienen pinturas y libros de América" (2). Esa atención prestada a la entrada de obras, y hasta cierto punto de recelo hacia las mismas no impedía su distribución por el archipiélago, de modo que se investigarán especialmente las piezas en poder de los mercaderes. De ahí registros como el que en 1645 se efectuó a los extranjeros en la villa de La Orotava, encontrándose cuadros poco gratos para la Inquisición, que tildó de "alguna profanidad" aquellos que representaban a damas con el pecho descubierto propiedad de Guillermo Clark y Andrés Cock (3); o las doce láminas pertenecientes a un maltés y un mallorquín que en 1761 se remitieron al Tribunal desde Tenerife para ser reconocidas y, en su caso, reformadas si fuesen de pincel "grosero y basto" (4). Pero no sólo fueron objeto de pesquisa los comerciantes foráneos, sino todo aquél que poseyese obras mínimamente sospechosas; así es que en 1722 fue acusado un vecino de La Laguna llamado Juan Alonso por enviar a Fuerteventura "estampas con historias, fábulas y países... las cuales se han vendido con títulos de santos" (5). Expresa prohibición tenía el comercio de los llamados "botones de metal" con figuras sacras que se vendían a mediados del siglo XVIII en La Palma y Tenerife (6). El historiador Pedro Agustín del Castillo se llegó a querellar contra el Tribunal en 1699 por confiscarle seis mil estampas que había encargado a Bruselas figurando a una religiosa clarisa de Gran Canaria, Catalina de San Mateo, sobre quien en 1696, un año después de su fallecimiento, se había iniciado el correspondiente proceso para su canonización (7).

Sin embargo, no sólo serán los particulares objeto de denuncia, sino también los recintos sacros, pero en este caso no por parte del Santo Oficio, sino por individuos que actuaban a título personal. En ese sentido, debemos destacar que las acusaciones parten siempre de personas a las que, al menos teóricamente, les era reconocida una formación iconográfica que garantizaba la objetividad e imparcialidad de sus observaciones; así, los pintores no fueron ajenos a esta institución y, además de delatar hechos aparentemente ajenos a su labor, no dudaban, si bien en pocas ocasiones, en efectuar las relativas a su arte. Cabría mencionar la realizada por el pintor Juan Leal García, quien en 1722 comunicó la existencia de un cuadro "provocativo y no decente", que había incitado a malos pensamientos, guardado en la capilla del Rosario del convento dominico de La Laguna, del cual se habían hecho diferentes copias para casas particulares, además de una para el mismo cenobio de Santa Cruz de Tenerife. La denuncia se apoyaba en los comentarios de un pintor y escultor muy cercano a él, el fraile agustino Miguel Lorenzo. Podrían entreverse connotaciones no sólo religiosas en esta declaración, si tenemos en cuenta que esperó nada menos que ocho años para comunicarlo al comisario de la ciudad, justificando tal tardanza porque conservaba la esperanza de que se modificase la obra (8).

La vigilancia que algunos artistas ejercían podría quedar ratificada si pensamos que casi un siglo después, en 1810, cuando el fin del Santo Oficio estaba cercano, el que habría de ser uno de los pintores de Fernando VII, Luis de la Cruz y Ríos, volvió a quejarse de la orden dominicana, porque en el cenobio de la capital santacrucera había una pintura antigua " irreverente y denigrante" que figuraba a Santo Domingo recibiendo la leche de Nuestra Señora del Rosario; a pesar de las consideraciones del inquisidor en favor del cuadro, justificadas por la aprobación que la Inquisición hacía de tal iconografía en la Península, Cruz y Ríos insistió en su rechazo a una composición inadecuada y poco apropiada incluso para ser observada por los numerosos extranjeros que arribaban a la isla, con las consecuentes críticas que acarrearía (9). Opinión tan radical merecía dicha obra tanto al comisario local como a su coetáneo el historiador Álvarez Rixo (10). Quizá esta actitud estuviera motivada porque el tema no era habitual en la plástica canaria y el escaso número de obras existente estaba referido sobre todo a Bernardo de Claraval en quien es más peculiar dicha figuración que en el fundador de los Predicadores.

Tal exceso de celo, incluso mayor que el del Tribunal, motivó sin duda la modificación o desaparición de cuadros que para ese organismo no resultaban sospechosos. Quizá deba entenderse así el repinte sufrido en el siglo XVIII por un lienzo efectuado en la centuria anterior y que había despertado mucha devoción, el Niño Enfermero (iglesia de San Francisco, Las Palmas de Gran Canaria), propiedad entonces del convento de Santa Clara de la capital grancanaria, puesto que presentaba un pecho ciertamente abultado (11).

En otro orden de cosas, hemos de indicar que buena muestra del rigor en que se formó la plástica canaria es el hecho de que a ninguno de sus pintores le fue abierto proceso por sus realizaciones pictóricas, dada la autocensura con que trabajaban; en ese marco moral se inscriben los lienzos que por su curiosidad han descrito historiadores y cronistas, puesto que servían a los dictámenes de la Inquisición: aquel que figuraba a los ajusticiados por el Santo Oficio que decoraba la antigua iglesia de Nuestra Señora de los Remedios de La Laguna (12) o los que representaban a un matrimonio mal avenido tras los que soplaba el diablo, en la parroquia de Nuestra Señora de la Peña de Francia del Puerto de la Cruz (13) todos retirados en el siglo XVIII.

No obstante lo dicho hasta ahora, hemos de indicar que, pese a la severidad con que se realizaba la pintura en Canarias y el control ejercido hacia las importaciones, ello no evitó la presencia en las islas de obras expresamente prohibidas. Buena muestra de ello es la existencia en la actualidad de al menos tres composiciones que figuran a la Trinidad como tres personas iguales, fórmula rechazada por el papa Benedicto XIV al comediar el siglo XVIII. Nos referimos a aquella que ocupa el almizate de la capilla mayor de la iglesia de Nuestra Señora de la Concepción en Santa Cruz de Tenerife, realizada en esa centuria por un anónimo pintor que probablemente se dejó influir por las obras americanas existentes en el archipiélago, ya que conocida es la proliferación de este tema en el Nuevo Continente; las otras aparecen en dos obras mexicanas realizadas por José de Páez y dedicadas a la Virgen de Guadalupe (iglesia de Santa Catalina, Tacoronte) y a la Coronación de la Virgen (Museo de la Casa de Colón, Las Palmas de Gran Canaria), esta última firmada y fechada en 1756 (14). Sin embargo, no corrieron la misma suerte otras piezas con idéntica composición existentes en la isla. En 1786 el Santo Oficio ordenaba quemar o enterrar dos cuadros que decoraban sendos retablos en las iglesias conventuales de San Agustín y San Francisco en Los Realejos (15).

No se puede decir lo mismo de la vigilancia observada sobre los artistas extranjeros establecidos en Canarias, de modo que al menos se conservan unas diligencias practicadas contra un inglés llamado Pedro y un maestro francés del siglo XVII, Israel Chersele, pues consta que el 23 de diciembre de 1638, en La Laguna, Claudio Vigot actúa de testigo contra ellos porque "les a visto pintar Santos y diversas imágines, assí de nuestro Señor Jesu Christo como de otros sanctos, y después de hechos las pinturas les tachaba este testigo con algunas imperfecciones diziéndoles no era desente pintar de aquella manera los santos, y los dichos hazían burla de lo que les desía, diziendo que para Españoles vastava aquello y que como se vendiessen no se les dava nada, y esto le escandalizaba a este declarante" (16).

Se desprende de este párrafo que la obra pictórica a ejecutar por Israel Chersele debía de ser generalmente de carácter religioso, lo que no resulta sorprendente, habida cuenta del mercado artístico en esta época en España, prácticamente absorbido por composiciones de tema sacro. En atención a ese estado de cosas no es tan imprevisto comprobar la despreocupación de ambos pintores por el resultado de su trabajo, mediatizado ante todo por la futura compra del producto de sus manos. Quizás previendo el marco cultural en el que había de desarrollar su labor se explique que el propio Israel Chersele se hubiera presentado el 19 de abril de 1629 ante el licenciado don Francisco García Sánchez, comisario del Santo Oficio, para incorporarse a la Santa Iglesia Católica y abjurar de la secta de Calvino (17).

En cualquier caso, se observa que en Canarias el control más estricto de la Inquisición estuvo dirigido sobre las obras llegadas de más allá de los confines del imperio hispano a través de los puertos insulares, dado que representaban el verdadero peligro, puesto que en el interior la propia práctica religiosa confabulaba los posibles yerros, siempre factibles aunque no habituales. A la larga se comprobaría que los aires de la Ilustración francesa llegarán al archipiélago con publicaciones que burlaron el celo inquisitorial de las aduanas, por ejemplo, en el Puerto de la Cruz, con fuertes casas comerciales regentadas por foráneos.


NOTAS

(1) Ellas se encuentran fundamentalmente en el Archivo Histórico Nacional y en el Museo Canario (Las Palmas de Gran Canaria). Existe además la recopilación efectuada por W. de Gary Birch, Catalogue of a collection of Original Manuscripts formerly belonging to the Holy Wice of the Inquisition in the Canary Island, prepared under the Direction of John Third Marquis of Bute, Edimburgo-Londres, 1903.

(2) Museo Canario, Archivo de la Inquisición, Las Palmas de Gran Canaria (M.C.A.I.), IX-4.

(3) C. Fraga González "Pintores ingleses del siglo XVII en Tenerife", en Revista de Historia, La Laguna, t. XXXVIII (1984-1986), vol. II, p. 682.

(4) M.C.A.I., IV-40.

(5) M. Rodríguez González, La pintura en Canarias durante el siglo XVIII, Las Palmas de Gran Canaria, 1986, p. 256.

(6) M.C.A.I., LXX-12 y IV-18.

(7) J. M. Alzola, Historia de un cuadro. El Niño Enfermero, Las Palmas de Gran Canaria, 1971, pp. 14-15.

(8) M. Rodríguez González, op. cit., pp. 43-44 y 256.

(9) Archivo-legado Miguel Tarquis, Departamento de Historia del Arte, Universidad de La Laguna. El dato hace referencia al M.C.A.I., LVII-1.

(10) J. A. Álvarez Rixo, Cuadro histórico de estas islas Canarias de 1808 a 1812, Las Palmas de Gran Canaria, 1955, p. 135.

(11) J. M. Alzola, op. cit.

(12) J. A. Álvarez Rixo, op. cit., p. 134.

(13) D. Guigou y Costa, El Puerto de la Cruz y los Iriarte (Datos históricos y Biográficos), Santa Cruz de Tenerife, 1945, pp. 28-29.

(14) C. Fraga González, "Nueva relación de pinturas mexicanas en Canarias", Actas del V Coloquio de Historia Canario-Americana (1982), Las Palmas de Gran Canaria, 1989, t. I, pp. 896-897.

(15) M.C.A.I., CLVIII-28.

(16) W. de Gary Birch, op. cit., p. 542.

(17) Archivo-legado Miguel Tarquis, Departamento de Historia del Arte, Universidad de La Laguna, índice onomástico.


ILUSTRACIONES

LÁMINA 1 - LÁMINA 2